Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4439/250 de 1997
Indemnización legal por años de servicio; Procedencia; Conclusión del trabajo o servicio
Qué resolvió
1) Corresponde el pago de indemnización por años de servicio únicamente si la relación laboral termina por alguna de las causales que contempla el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, o al desahucio si procediere.
Datos del documento
| Número | 4439/250 |
|---|---|
| Fecha | 28 de julio de 1997 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |