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Dictamen 4467/309 de 1998

21 de septiembre de 1998 · Estatutos especiales

Estatuto docente; Aplicabilidad; Colegio particular pagado

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1) El personal docente que labora en establecimientos educacionales particulares pagados, se rige por las disposiciones de la Ley Nº 19.070, salvo en aquellas materias que esta misma ley señala, en cuyo caso se aplica supletoriamente el Código del Trabajo por expreso mandato del artículo 78 del Estatuto Docente.

Número4467/309
Fecha21 de septiembre de 1998
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)