Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4547/221 de 1995
Negociación colectiva; Respuesta del empleador; Extemporaneidad; Efectos; Prorroga del plazo; Alcance
Qué resolvió
1) Los trabajadores de la empresa Sociedad Cooperativa Autocam Ltda., que tenían incorporados en sus contratos individuales de trabajo las remuneraciones y demás beneficios previstos en las Resoluciones Nºs. 354 y 454 de 1978 y 1979, respectivamente, de la Comisión Tripartita para la Actividad de Lubricantes y Combustibles y que actualmente se encuentran afectos a un contrato colectivo de trabajo, tienen derecho a…
Datos del documento
| Número | 4547/221 |
|---|---|
| Fecha | 21 de julio de 1995 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |
Doctrina posterior
Este dictamen deja sin efecto por 94-274 (1994-10-13).