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Dictamen 4590/41 de 2012

18 de octubre de 2012 · Jornada/tiempo

- Trabajadores comercio. Descanso 19.09.2012 condiciones de dar por cumplida dicha obligación.- Trabajadores comercio.

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La obligación del empleador de otorgar descanso a los trabajadores del comercio durante el día 19 de septiembre de 2012, se entiende cumplida en aquellas empresas que al 14 de septiembre del presente año, fecha de publicación en el Diario Oficial de la ley N° 20.629, ya hubiesen pactado individual o colectivamente con sus dependientes, otorgar descanso en dicho día.

Número4590/41
Fecha18 de octubre de 2012
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo4 Piñera I (10-14)