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Dictamen 4669/190 de 2003

5 de noviembre de 2003 · Sindical/colectivo

Negociación Colectiva. Contrato Colectivo. Organización Sindical. Desafiliación.

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Los trabajadores que se desafiliaron del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Inmobiliaria Parque San Pedro S.A., con posterioridad a la suscripción del respectivo contrato colectivo y aquellos que adhirieron al proceso de negociación, deben seguir cotizando el 75% de la cuota ordinaria mensual durante toda la vigencia del contrato colectivo a favor de la mencionada organización, sin que resulte procedente…

Número4669/190
Fecha5 de noviembre de 2003
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)