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Dictamen 4679/204 de 1996

20 de agosto de 1996 · Jornada/tiempo

Horas extraordinarias; Compensación; Procedencia

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No existe inconveniente legal alguno para que los trabajadores de la empresa "Equipos y Construcciones Cruz del Sur Ltda.", afectos a una jornada bisemanal de 12 días consecutivos de labor seguidos de 3 días de descanso, soliciten a ésta última, trabajar en forma habitual a continuación de sus jornadas de 8 horas diarias, 40 minutos más a fin de compensar un día de permiso que se les otorgará luego de los referidos…

Número4679/204
Fecha20 de agosto de 1996
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)