Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 470/17 de 1995
Organizaciones sindicales Permiso sindical Remuneración.
Qué resolvió
La remuneración correspondiente a las horas de permiso sindical de los dirigentes afectos a un sistema remuneracional en base a tratos u otra remuneración de carácter variable deberá determinarse sumando el total de lo percibido por tal concepto durante la semana en que hacen uso de dicha prerrogativa y dividiendo el resultado así obtenido por el número de horas que comprende la jornada ordinaria pactada, excluídas…
Datos del documento
| Número | 470/17 |
|---|---|
| Fecha | 23 de enero de 1995 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |