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Dictamen 4728/334 de 1998

6 de octubre de 1998 · Sindical/colectivo

Organizaciones sindicales; Central sindical; Directores; Elección

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No resulta procedente que sindicatos base afiliados a una organización sindical de grado superior integrante de la Central Unitaria de Trabajadores de Chile C.U.T. y que está en receso, puedan participar directamente en la elección del Consejo Directivo de la mencionada Central.

Número4728/334
Fecha6 de octubre de 1998
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)