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Dictamen 4745/216 de 2001

13 de diciembre de 2001 · Término/despido/finiquito

Terminación Contrato Individual; Efectos; Personal de Locutores

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Salvo acuerdo de las partes o la aplicación de disposiciones legales específicas, y desde el punto de vista estrictamente de la normativa laboral, el empleador radiofónico se encuentra habilitado para el uso y aprovechamiento de los programas grabados una vez extinguidos los contratos de trabajo de los trabajadores locutores que hayan participado en dichos programas.

Número4745/216
Fecha13 de diciembre de 2001
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)