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Dictamen 476/30 de 1999

25 de enero de 1999 · Fiscalización/multas

Ley 19.171; Multa; Obligados al pago

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Por efecto de la solidaridad, tanto el conductor, como el propietario o tenedor del vehículo y el despachador de la carga, son, salvo las excepciones legales, directamente obligados al pago total e íntegro de la infracción de tránsito por exceso de peso.

Número476/30
Fecha25 de enero de 1999
Eje doctrinarioFiscalización/multas
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo1 Frei R-T (95-00)