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Dictamen 477/31 de 1999

25 de enero de 1999 · Contrato indiv./relación

Contrato individual; Legalidad de cláusula

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1) La estipulación contenida en la cláusula Nº 8 de los contratos individuales de trabajo suscritos entre la empresa Servicios de Alimentación Nacionales SAN S.A. y su personal de manipuladoras de alimentos, conforme a la cual la respectiva relación laboral se entiende suspendida durante los períodos de vacaciones de invierno y fiestas patrias, no se ajusta a derecho y de consiguiente no procede descuento alguno de…

Número477/31
Fecha25 de enero de 1999
Eje doctrinarioContrato indiv./relación
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo1 Frei R-T (95-00)