Generado con IA por Unholster

Dictamen 478/32 de 1999

25 de enero de 1999 · Remuneración

Remuneración; Descuentos insistencia; Trabajadores remunerados por mes

Ver el documento en la DT

Las inasistencias al trabajo en que incurran dependientes afectos a remuneración mensual y que han pactado distribuir su jornada de trabajo de lunes a viernes no facultan al empleador para descontar la remuneración correspondiente a los días sábado y domingo, procediendo, en tal caso, sólo la deducción del tiempo no laborado entre lunes y viernes.

Número478/32
Fecha25 de enero de 1999
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)