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Dictamen 478/37 de 2000

1 de febrero de 2000 · Sindical/colectivo

Instrumento colectivo; Incorporación; Interpretación

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Fija sentido y alcance de las cláusulas Nºs. Sexta, Undéci­ma, Décimo Tercera, Vigésimo Cuarta, Vigésimo Octava, letra B y Trigésima Segunda, letras B y F del contrato colectivo de 17.07.97, celebrado entre la empresa Ferrocarriles del Estado y los Sindicatos Nºs. 1 Red Central y Nacional de Vi­gilantes Privados constituidos en la misma.

Número478/37
Fecha1 de febrero de 2000
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)

Este dictamen aclara por None.