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Dictamen 4786/226 de 1995

1 de agosto de 1995 · Sindical/colectivo

Fuero sindical; Procedencia; Servicio de término de contrato; Terminación de contrato individual; Necesidades de la empresa; Aviso Suspensión; Fuero

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El plazo de aviso consagrado en el inciso cuarto del artículo 162 del Código del Trabajo se suspende durante la vigencia del fuero laboral, cuando el trabajador resulta elegido director sindical en el transcurso de dicho plazo.

Número4786/226
Fecha1 de agosto de 1995
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)