Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4797/335 de 1998
Horas extraordinarias; Cálculo
Qué resolvió
Las instrucciones impartidas por el fiscalizador Sr. Jorge Cumming Ibar, dependiente de la Inspección Comunal del Trabajo de Ancud, que ordenan a la Empresa Pesquera Messamar S.A. pagar diferencias por concepto de horas extraordinarias en el período comprendido entre el 26.04.98 y 09.05.98, no se encuentran ajustadas a derecho procediendo, por ende, su reconsideración.
Datos del documento
| Número | 4797/335 |
|---|---|
| Fecha | 9 de octubre de 1998 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |
Doctrina posterior
Este dictamen deja sin efecto por 347/98 (1998-08-13).