Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4798/336 de 1998
Regla de la conducta; Remuneraciones
Qué resolvió
1) La empresa Achondo y Cía. Ltda. no se encuentra obligada a pagar a los respectivos trabajadores el sueldo base convenido en la cláusula cuarta de los contratos individuales de trabajo, por el período comprendido entre los meses de junio de 1997 y marzo de 1998. 2) Déjanse sin efecto las instrucciones Nº D-88-188, de 04.05.98, impartidas a la Empresa antes individualizada por la fiscalizadora Sra.
Datos del documento
| Número | 4798/336 |
|---|---|
| Fecha | 9 de octubre de 1998 |
| Eje doctrinario | Remuneración |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |