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Dictamen 4814/229 de 1995

2 de agosto de 1995 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Prorroga; Fuero; Negociación colectiva; Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Prorroga; efectos huelga

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1) El plazo máximo de la prórroga de vigencia del contrato colectivo anterior a que se refiere el inciso 1º del artículo 369 del Código del Trabajo, será aquél que, en cada caso, acuerden las partes del respectivo proceso de negociación. 2) El fuero de que gozan los trabajadores involucrados en un proceso de negociación colectiva se mantiene durante el período en que se prorroga la vigencia del contrato colectivo…

Número4814/229
Fecha2 de agosto de 1995
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)