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Dictamen 4817/326 de 2000

14 de noviembre de 2000 · Estatutos especiales

Colegios Particulares Subvencionados; Vacaciones de Invierno;Obligaciones de las partes;.

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El personal docente que labora en establecimientos educacio­nales particulares subvencio­nados se encuentra obligado a dar cum­plimiento a las obliga­cio­nes que le impone su con­trato de trabajo durante el período de vacaciones de in­vierno, sin perjuicio de lo que las partes pudieren conve­nir expresa o tácitamente, en los términos exp­ues­tos en el cuer­po del pre­sente oficio.

Número4817/326
Fecha14 de noviembre de 2000
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)