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Dictamen 484/11 de 2022

23 de marzo de 2022 · Jornada/tiempo

Trabajo a distancia; Teletrabajo; Sistema excepcional de distribución de jornada y descansos

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No resulta ajustado a derecho aplicar un sistema excepcional de distribución de jornada y descanso a trabajadores que se desempeñan bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, la que resulta incompatible con las condiciones exigidas en el artículo 38 del Código del Trabajo, entre otras razones, por la imposibilidad del empleador de disponer libremente del lugar de trabajo para adoptar las medidas…

Número484/11
Fecha23 de marzo de 2022
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consulta
Periodo6 Piñera II (18-22)