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Dictamen 484/32 de 1998

23 de enero de 1998 · Fiscalización/multas

Feriado Convencional; Feriado Progresivo; Dia sábado inhábil; Reconsideración dictamen 4796/262, 18.08.1997

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Niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº4796/262 de 18.08.97 que concluye que "Para los efectos de calcular el feriado convencional de 21 días hábiles a que tienen derecho los trabajadores de la empresa Codelco-Chile, División Andina, en conformidad a las letras A) y B) de la cláusula 4.2 sobre "Vacaciones y Feriado Progresivo" del instrumento colectivo de 01.09.95, el día sábado debe considerarse inhábil…

Número484/32
Fecha23 de enero de 1998
Eje doctrinarioFiscalización/multas
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)

Este dictamen reconsideracion rechazada por 4796/262 (1997-08-18).