Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 484/32 de 1998
Feriado Convencional; Feriado Progresivo; Dia sábado inhábil; Reconsideración dictamen 4796/262, 18.08.1997
Qué resolvió
Niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº4796/262 de 18.08.97 que concluye que "Para los efectos de calcular el feriado convencional de 21 días hábiles a que tienen derecho los trabajadores de la empresa Codelco-Chile, División Andina, en conformidad a las letras A) y B) de la cláusula 4.2 sobre "Vacaciones y Feriado Progresivo" del instrumento colectivo de 01.09.95, el día sábado debe considerarse inhábil…
Datos del documento
| Número | 484/32 |
|---|---|
| Fecha | 23 de enero de 1998 |
| Eje doctrinario | Fiscalización/multas |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |
Doctrina posterior
Este dictamen reconsideracion rechazada por 4796/262 (1997-08-18).