Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4856/90 de 2008
1) Estatuto de Salud. Destinación. Procedencia. 2) Estatuto de Salud. Horas extraordinarias. Base de Cálculo. 3) Estatuto de Salud. Horas extraordinarias.
Qué resolvió
1) No existe inconveniente jurídico para destinar un funcionario de salud primaria que trabaja en un consultorio, a un Centro de Salud Mental (COSAM), con la condición de que sigue regido por la ley 19.378, y que las funciones de la destinación deben revestir la misma jerarquía de aquellas asignadas en su contrato de trabajo ya regido por la misma ley.
Datos del documento
| Número | 4856/90 |
|---|---|
| Fecha | 9 de diciembre de 2008 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |