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Dictamen 4879/212 de 1996

29 de agosto de 1996 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Extensión de beneficios; Facultades del empleador; Practicas desleales; Dirección del Trabajo; Competencia

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1) El empleador puede extender a los trabajadores no afectos a alguno de los instrumentos colectivos vigentes en la empresa, las estipulaciones de cualquiera de ellos. 2) El conocimiento y resolución de las infracciones por prácticas desleales o antisindicales corresponde a los Juzgados de Letras del Trabajo.

Número4879/212
Fecha29 de agosto de 1996
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)