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Dictamen 4918/263 de 1997

19 de agosto de 1997 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Extensión de beneficios; Aporte sindical; Procedencia

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Se encontrarían obligadas a efectuar la cotización a que alude el inciso 1º del artículo 346 del Código del Trabajo las Enfermeras Coordinadoras de la Clínica Universidad Católica S.A., en el evento que se les hubiere hecho extensivos los beneficios contenidos en el contrato colectivo suscrito por dicha Clínica con el Sindicato de Trabajadores no Médicos de la misma.

Número4918/263
Fecha19 de agosto de 1997
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)