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Dictamen 4926/66 de 2009

4 de diciembre de 2009 · Subcontratación

Empresa de Servicios Transitorios. Contrato de Puesta a Disposición. Trabajo Agrícola de Temporada. Procedencia. 2) Empresa de Servicios Transitorios.

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1.- El trabajo agrícola de temporada se entiende incluido dentro de las posibilidades de justificación de un contrato de puesta a disposición. 2.- Lo anterior, a condición que se trate de labores estacionales que desarrolle la empresa usuaria, circunstancia que habrá de resolverse en cada caso en particular. 3.- Reconsidérese el punto 3) del dictamen Nº4.375/099, de 25.10.2007.

Número4926/66
Fecha4 de diciembre de 2009
Eje doctrinarioSubcontratación
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo3 Bachelet I (06-10)