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Dictamen 4966/333 de 2000

27 de noviembre de 2000 · Sindical/colectivo

Negociación Colectiva; Comisión Negociadora; Facultades; Convenio Colectivo; Calificación

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1.- El convenio colectivo de trabajo suscrito el 1º de septiembre de l998, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2001, entre la empresa Sumar Nylon S.A. y los trabajadores individualizados en él, no reviste jurídicamente el carácter de tal, en los términos previstos en el artículo 314, del Código del Trabajo, sin perjuicio de que el pronunciamiento definitivo corresponde a los tribunales competentes.

Número4966/333
Fecha27 de noviembre de 2000
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)