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Dictamen 4970/219 de 1996

2 de septiembre de 1996 · Contrato indiv./relación

Contrato individual; Existencia; Sostenedor

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Los servicios que, en calidad de directora, orientadora y docente, presta la Sra. Ema Dora Miranda V. en el establecimiento particular subvencionado "Colegio Halley", del cual es Sostenedora, no dan origen a un contrato de trabajo y, por ende, no le dan derecho a percibir remuneración por dichas funciones, sin perjuicio de lo expuesto en el cuerpo del presente informe.

Número4970/219
Fecha2 de septiembre de 1996
Eje doctrinarioContrato indiv./relación
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)