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Dictamen 4980/288 de 1999

22 de septiembre de 1999 · Remuneración

Gratificación legal; Obligación de gratificar

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La empresa Curtiembre Jorge de Camino y Cía. Ltda., convencionalmente afecta al sistema de pago de gratificación legal previsto en el artículo 50 del Código del Trabajo, no se encuentra obligada a pagar dicho beneficio por el ejercicio comercial 1998, por no haber obtenido en éste utilidades líquidas en su giro. Deja sin efecto oficio N°1027 de 11.06.99, del Sr.

Número4980/288
Fecha22 de septiembre de 1999
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)

Este dictamen deja sin efecto por 1027/99 (1999-06-11).