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Dictamen 4985/218 de 2003

20 de noviembre de 2003 · Jornada/tiempo

Descanso Compensatorio. Concurrencia Domingos y Festivos.

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Los trabajadores de la Empresa Minera Los Pelambres, afectos al sistema excepcional de jornadas y de descansos autorizado por la Resolución Nº 0251, de 02.08.99, de la Directora del Trabajo, no tienen derecho a que se les compense con un día de descanso adicional o a que se les remuneren las horas respectivas como extraordinarias por el trabajo desarrollado en un día domingo que coincide con un festivo.

Número4985/218
Fecha20 de noviembre de 2003
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)