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Dictamen 5035/93 de 2008

17 de diciembre de 2008 · Sindical/colectivo

Organizaciones Sindicales. Sindicato de Empresa. Constitución. Personal Embajada diplomática.

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El personal contratado por una embajada diplomática acreditada en Chile que cumple funciones administrativas, técnicas o de servicio doméstico se encuentra facultado para constituir un sindicato de empresa con la única condición de sujetarse a la ley y a los estatutos de la misma.

Número5035/93
Fecha17 de diciembre de 2008
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo3 Bachelet I (06-10)