Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 505/21 de 1996
Jornada de trabajo; Existencia; Horas extraordinarias; Existencia; Empresa; Facultades de administración; Remuneraciones; Contrato Individual; Remuneraciones;
Qué resolvió
1) Constituye jornada de trabajo todo el período en que los docentes permanecen en las dependencias del establecimiento educacional prestando efectivamente sus servicios, como también aquel en que permanecen en dicho lugar, dentro de su jornada laboral, sin realizar labor por causas que no le son imputables, pero encontrándose a disposición del empleador.
Datos del documento
| Número | 505/21 |
|---|---|
| Fecha | 18 de enero de 1996 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |