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Dictamen 5063/94 de 2010

26 de noviembre de 2010 · Procedimiento/competencia

Asistente de la educación. Bonificación especial artículo 30, Ley Nº20.313. Procedencia.

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Los asistentes de la educación que prestan servicios en los establecimientos educacionales dependientes de las Corporaciones Municipales, entendiéndose por tales, aquellos que cumplen algunas de las funciones establecidas en el artículo 2º de la Ley Nº19.464, tienen derecho a percibir la Bonificación Especial prevista en el artículo 30 de la Ley Nº20.313.

Número5063/94
Fecha26 de noviembre de 2010
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo3 Bachelet I (06-10)