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Dictamen 5103/196 de 2004

9 de diciembre de 2004 · Término/despido/finiquito

Indemnización legal por años de servicio.Privilegio.Tope.

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Para los efectos de determinar el tope para el privilegio por las indemnizaciones legales y convencionales previsto en el número 8 del artículo 2472 del Código Civil que contempla el artículo 61 del Código del Trabajo debe considerarse el ingreso mínimo fijado para fines no remuneracionales.

Número5103/196
Fecha9 de diciembre de 2004
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)