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Dictamen 5118/222 de 2003

28 de noviembre de 2003 · Estatutos especiales

Estatuto Docente. Asignación de Experiencia. Oportunidad de Pago.

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No resulta procedente pagar, en forma retroactiva, diferencias por concepto de la asignación de experiencia, prevista y regulada en el artículo 48 del Estatuto Docente, por el período que media entre la fecha en que el profesional de la educación cumplió nuevos bienios y la data en que acompañó nueva documentación para acreditar los mismos.

Número5118/222
Fecha28 de noviembre de 2003
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)