Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 514/20 de 1995
Organizaciones sindicales Federaciones y confederaciones Permiso sindical. Indemnización legal por años de servicio Ley 19.170 Ferrocarriles del Estado…
Qué resolvió
1) No procede sumar las horas de permiso sindical de un dirigente de sindicato base con las que le corresponden como dirigente de una federación, no alterándose esta conclusión con lo pactado en contrato colectivo suscrito con la Empresa de Ferrocarriles del Estado, por el cual hace de su cargo el pago de tales permisos.
Datos del documento
| Número | 514/20 |
|---|---|
| Fecha | 25 de enero de 1995 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |