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Dictamen 514/20 de 1995

25 de enero de 1995 · Sindical/colectivo

Organizaciones sindicales Federaciones y confederaciones Permiso sindical. Indemnización legal por años de servicio Ley 19.170 Ferrocarriles del Estado…

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1) No procede sumar las horas de permiso sindical de un dirigente de sindicato base con las que le corresponden como dirigente de una federación, no alterándose esta conclusión con lo pactado en contrato colectivo suscrito con la Empresa de Ferrocarriles del Estado, por el cual hace de su cargo el pago de tales permisos.

Número514/20
Fecha25 de enero de 1995
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)