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Dictamen 5160/299 de 1999

11 de octubre de 1999 · Previsión/cotizaciones

Contrato individual; Cotizaciones; Obligatoriedad; Trabajador jubilado

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No existe contradicción entre dictamen Ord. N° 2.629-147, de 20.05.99, de esta Dirección y el Ord. N° 2124, de 06.03.90, de la Superintendencia de Seguridad Social, encontrándose obligado un jubilado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, CAPREDENA, menor de 65 años, que continúa laborando en funciones no afectas a esta Caja, en una empresa del sector privado, a afiliarse a una A.F.P.

Número5160/299
Fecha11 de octubre de 1999
Eje doctrinarioPrevisión/cotizaciones
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)