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Dictamen 5236/303 de 1999

14 de octubre de 1999 · Jornada/tiempo

Contrato individual; Legalidad de cláusula; Jornada de trabajo; División

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No resulta aplicable la doctrina contenida en los dictámenes Nºs. 3.803-209, de 30.06.97 y 2.792-135, de 05.05.95, de este Servicio, al caso de los trabajadores de la empresa Bravo Alimentos Ltda. que laboran proporcionando alimentación en casinos de predios agrícolas, debiendo regirse los mismos en cuanto a descanso dentro de la jornada, por la norma contenida en el inciso 1º del artículo 34 del Código del Trabajo.

Número5236/303
Fecha14 de octubre de 1999
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)