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Dictamen 5263/97 de 2010

13 de diciembre de 2010 · Estatutos especiales

Estatuto Docente. Colegio Particular Subvencionado. Feriado.

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El feriado de los profesionales de la educación que prestan servicios en establecimientos de educación particular subvencionado conforme al D.F.L. Nº2, de 1998, será el período de interrupción de las actividades escolares en los meses de enero a febrero, o el que medie entre el término del año escolar y el comienzo del siguiente, según corresponda y no del período que media entre el término del año lectivo y el…

Número5263/97
Fecha13 de diciembre de 2010
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo3 Bachelet I (06-10)