Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5265/306 de 1999
Organizaciones sindicales; Permiso sindical; Acuerdo; Modificación
Qué resolvió
El pago reiterado de las horas de permiso sindical por parte de la empresa Argos Seguridad Ltda., unido a la aquiescencia del Sindicato respectivo, constituye un acuerdo de las partes en los términos previstos por el artículo 249 inciso final del Código del Trabajo, razón por la cual no resulta procedente que el empleador, en forma unilateral, suprima el pago de dicho beneficio.
Datos del documento
| Número | 5265/306 |
|---|---|
| Fecha | 18 de octubre de 1999 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |