Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5266/307 de 1999
Jornada de trabajo; Personal excluído de la limitación de jornada
Qué resolvió
Los trabajadores que desempeñan funciones de mantención e instalación telefónica de la empresa Servicios Sotel S.A. se encuentran excluidos de la limitación de jornada de trabajo, en conformidad con lo establecido en el inciso 2º del artículo 22 del Código del Trabajo. Se dejan sin efecto las instrucciones Nº10.02.99.246, de 12.05.99, impartidas por el fiscalizador Sr.
Datos del documento
| Número | 5266/307 |
|---|---|
| Fecha | 18 de octubre de 1999 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |