Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5307/96 de 2008
1) Negociación Colectiva. Presentación Proyecto. Prórroga. 2) Negociación Colectiva. Presentación Proyecto. Fecha nueva negociación. 3) Negociación Colectiva.
Qué resolvió
1.- En cualquier momento, mientras se encuentre vigente el contrato colectivo , las partes podrán , de común acuerdo , ejercer el derecho contenido en el inciso final del artículo 322 del Código del Trabajo , esto es , postergar el inicio del nuevo proceso de negociación colectiva hasta por sesenta días en cada período.
Datos del documento
| Número | 5307/96 |
|---|---|
| Fecha | 31 de diciembre de 2008 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |