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Dictamen 5312/359 de 2000

19 de diciembre de 2000 · Estatutos especiales

Colegios Particulares Subvencionados; Corporación Municipal; Terminación Contrato; Jubilación; Invalidez; Primer Dictamen; Procedencia; Invalidez;

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1) A la Corporación Municipal de Desa­rrollo Social de Iquique le asiste la facultad de invocar la causal de término de funcio­nes del artículo 72, letra d), de la ley 19.070, respecto de docente con de­claración de inva­lidez parcial transito­ria del primer dictamen de la Comisión Médica Re­gional del Nuevo Sistema de Pensio­nes, de obtener la pen­sión correspondiente, sin obligación de pago de indemnización legal.

Número5312/359
Fecha19 de diciembre de 2000
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)