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Dictamen 5315/360 de 2000

19 de diciembre de 2000 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento Colectivo; Presentación Proyecto; Oportunidad

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En el evento que un grupo de trabajadores, representado o no por una organización sindical decidiera, por cualquier razón, dejar transcurrir la época para presentar su nuevo proyecto de contrato colectivo, sólo podrá volver a negociar al vencimiento del plazo de dos años de celebrado el último instrumento colectivo en la empresa, y, en todo caso, con la antelación señalada en el inciso primero del artículo 322 del…

Número5315/360
Fecha19 de diciembre de 2000
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)