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Dictamen 5347/283 de 1997

1 de septiembre de 1997 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Legalidad de cláusula

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No resulta objetable por ilegal la cláusula 20 del convenio colectivo de la empresa Agrícola Ariztía Ltda. por la cual se permite redistribuir al personal entre las distintas secciones que comprende el faenamiento de aves pactado en el contrato, aún cuando signifique obtener bonos de producción de distinto monto, sin perjuicio de las facultades de fiscalización que competen al Servicio, de aplicarse tales cambios…

Número5347/283
Fecha1 de septiembre de 1997
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo1 Frei R-T (95-00)