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Dictamen 54/1 de 2016

6 de enero de 2016 · Remuneración

Gratificación legal; Procedimiento de reliquidación por variación del ingreso mínimo mensual; Rectifica doctrina contenida en dictamen Nº 1682/18, de 10.04.12

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El procedimiento de cálculo que corresponde aplicar para reliquidar las diferencias de gratificación legal a consecuencia del reajuste del Ingreso Mínimo Mensual, es el que se señala en el cuerpo del presente informe, debiendo, por ende, tenerse por ratificada la doctrina contenida en el dictamen N°1682/018, de 10.04.2012, por encontrarse plenamente ajustada a derecho.

Número54/1
Fecha6 de enero de 2016
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo5 Bachelet II (14-18)