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Dictamen 5401/370 de 2000

26 de diciembre de 2000 · Remuneración

Gratificación Legal; Derecho de Opción; Modalidad 25%; Efectos

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El empleador que ha optado por pagar las gratificaciones le­gales de sus trabajadores con­forme al sistema establecido en el artículo 50 del Código del Trabajo, está obligado a reliquidar las diferencias que se produzcan por concepto de reajuste del Ingreso Mínimo Mensual en el período corres­pondiente.

Número5401/370
Fecha26 de diciembre de 2000
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)