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Dictamen 5412/92 de 2006

20 de diciembre de 2006 · Estatutos especiales

Estatuto Docente. Asignación de Experiencia. Base de Cálculo.

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No resulta procedente considerar para los efectos del reconocimiento de años de servicios que dan derecho a la asignación de experiencia establecida en el artículo 48 de la Ley Nº19.070, los periodos servidos como docentes en Instituciones de Educación Superior tales como Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales o Universidades Publicas o Privadas.

Número5412/92
Fecha20 de diciembre de 2006
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)