Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5421/247 de 1995
Regla de la conducta; Instrumento colectivo; Descanso dentro de la jornada; naturaleza jurídica
Qué resolvió
1) Los trabajadores de la Planta de Secado y Portería de la empresa Aserraderos Cemento Bío-Bío, no tienen derecho a percibir con un recargo del 50% las horas laboradas en día festivo cuando éste recae en día domingo. 2) El tiempo de descanso dentro de la jornada diaria a que tienen derecho los referidos dependientes en conformidad al artículo 34 del Código del Trabajo, no debe considerarse para los efectos de…
Datos del documento
| Número | 5421/247 |
|---|---|
| Fecha | 25 de agosto de 1995 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |