Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5428/97 de 2006
Estatuto de Salud. Aplicabilidad. Centros de Salud Mental.
Qué resolvió
No pueden ejercer los derechos y beneficios otorgados por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal y sus leyes complementarias, como la ley 19.813, los trabajadores que se desempeñan en los programas de salud implementados por el Ministerio del Ramo, para cubrir atenciones asistenciales de especialidades ambulatorias y transitorias como los Centros de Salud Mental (COSAM).
Datos del documento
| Número | 5428/97 |
|---|---|
| Fecha | 22 de diciembre de 2006 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |