Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5585/330 de 1999
Ley 19.464; Contrato individual; Modificaciones artículo 12; Personal no docente; Permiso administrativo; Ley 18.883; Procedencia
Qué resolvió
1) No resulta procedente el traslado de un funcionario No Docente, si no en cuanto se ajuste tal medida a lo dispuesto por el artículo 12 del Código del Trabajo. 2) El permiso administrativo establecido en la ley N° 18.883, resulta aplicable al personal No Docente regido por la ley N° 19.464.
Datos del documento
| Número | 5585/330 |
|---|---|
| Fecha | 10 de noviembre de 1999 |
| Eje doctrinario | Contrato indiv./relación |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |