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Dictamen 5587/332 de 1999

10 de noviembre de 1999 · Sindical/colectivo

Organizaciones sindicales; Sindicato; Empresa; Afiliación; Bienes sindicales destino

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1)Los trabajadores afiliados al Sindicato Nº 3 de la Empresa Centenario S.A., cuya disolución fue adoptada por acuerdo de asamblea, no se encuentran obligados a afiliarse al Sindicato Nº 1 existente en dicha empresa. 2)Los fondos acumulados por la referida organización sindical no pueden pasar a dominio de sus asociados.

Número5587/332
Fecha10 de noviembre de 1999
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)